Principado de Nueva Granada. Una expresión diferente. Donde solo faltas tú.
El Principado de Nueva Granada es una Nación libre y soberana cuya formación, esta basada en los principios internacionales de autodeterminación de los pueblos y en el linaje histórico que le corresponde a sus fundadores.
Desde el principio de los tiempos existió la necesidad de integrar un gobierno entre los habitantes de un área determinada, con la motivación de administrar justicia.
Los pobladores aglutinados en tribus, formaron las poblaciones, que más adelante se convirtieron en ciudades estado y al integrarse estas, forjaron las naciones, últimamente estas se han venido integrando en bloques comerciales o políticos para formar estados Supranacionales, a la par de este fenómeno integracionista, se vive un incremento de los sentimientos nacionalistas y localistas regionales.
Creemos firmemente en los principios básicos de autodeterminación que tiene el ser humano, y que son inherentes a nuestra existencia, como Estado reconocemos dichos derechos, y argumentamos los mismos derechos para la Fundación de nuestra Nación.
El Primer antecedente de la Fundación del Principado de Nueva Granada, data de 1495, cuando el Rey Fernando II de Trastámara, habiendo conquistado Granada, conquista también el corazón de Aixa ( Hija de Boabdil y Moraima ) , después bautizada y conocida como Sor Isabel de Granada y nace del fruto de ese amor Don Miguel Fernández Caballero de Granada, quien debió haber sido el Primer Príncipe de Nueva Granada en el territorio ocupado previamente por el Califato de Granada, al cual tenía también derecho hereditario por ser nieto de Boabdil y bisnieto de Mulay-Hacén.
El Rey Fernando le dijo a su amada… “Tendremos un príncipe como hijo, que regirá Granada como el nuevo Reino que es… una unión de nuestras dos culturas. Una Nueva Granada”
La fecha considerada como de Fundación del Principado de Nueva Granada, es el 27 de Octubre de 1509, día en que Dios nuestro señor establece las condiciones necesarias para que nuestro Principado se consolide finalmente como Nación al permitir alcanzar la edad adulta al único descendiente de linaje real de la fusión multicultural judeo-mora-cristiana, Don Miguel Fernández Caballero de Granada (1495-1575).
Quien sería el ancestro de quien ha concretado esta noble tarea.
Relación Genealógica de Mandatarios del Principado de Nueva Granada.
Boabdil Muhamad XII -Ben Mulay Hacén. Ultimo Califa de Granada. (1452-1528) Padre de Aixa (Sor Isabel de Granada)
Fernando II de Aragón y Trastamara. (10 Marzo 1452- 25 Enero 1516) Rey de Aragón y de Castilla, Conquistador del Califato de Granada. Fernando I de Nueva Granada. Padre con Aixa de:
Miguel Fernández Caballero de Granada.( 1495-1575) Heredero del Principado de Nueva Granada. Miguel I de Nueva Granada. Padre de:
Juan Fernández Caballero (1550-1627) Jefe de la Casa Real del Principado de Nueva Granada. Juan I de Nueva Granada. Padre de:
Juan Cristóbal Caballero Gómez (1611-1684) Jefe de la Casa Real del Principado de Nueva Granada. Juan II de Nueva Granada. Padre de:
Juan Esteban Caballero y Espinar (1655-1724) Jefe de la Casa Real del Principado de Nueva Granada. Juan III de Nueva Granada. Padre de:
Juan Caballero y Espinar.(1681-1763) Jefe de la Casa Real del Principado de Nueva Granada. Alcalde de Priego. Juan IV de Nueva Granada Padre de:
Antonio Caballero y Góngora. (17 de Mayo de 1723- 17 de Marzo de 1796) Jefe de la Casa Real del Principado de Nueva Granada. Virrey de Nueva Granada. Antonio I de Nueva Granada. Padre de:
Luís Caballero y Góngora Galán (17 de Septiembre de 1782-1860) Jefe de la Casa Real del Principado de Nueva Granada Luís I de Nueva Granada. Padre de:
Juan Caballero Adams. (1850-1909) Jefe de la Casa Real del Principado de Nueva Granada. Juan V de Nueva Granada. Padre de:
Armando Enrique Caballero Aburto. (1905-1975) Jefe de la Casa Real del Principado de Nueva Granada. Enrique I de Nueva Granada. Padre de:
Juan Enrique Caballero Peraza. (1959- Princeps Civium del Principado de Nueva Granada. Enrique II de Nueva Granada.
Luis Karlo Paz Caballero (2006- Actual Señor de Antares. Heredero del Título de Princeps Civium (Art. 44 de la Constitución).
Epoca Contemporánea
Actualmente el Principado de Nueva Granada se encuentra en un proceso de neoformación y consolidación, para ello ha hecho los contactos necesarios para obtener en Propiedad la Isla de Ronde, territorio que reclama de facto, es necesario obtener la cantidad de cien millones de dólares para concretar dicha operación, y dar la indeminización necesaria a quienes actualmente se detentan como propietarios de la Isla, así mismo se inician los contactos con las autoridades de Granada para el reconocimiento de su Independencia.
La teoría constitutiva era el modelo estándar usado en el siglo diecinueve, en tanto que la teoría declaratoria fue desarrollada en el siglo veinte para compensar algunas omisiones de la constitutiva.
En la teoría constitutiva un Estado existe exclusivamente por el reconocimiento de otros Estados. La teoría no aclara si por esto se entiende "reconocimiento diplomático" o simplemente "reconocimiento de su existencia".
En la teoría declaratoria, toda entidad se convierte en Estado tan pronto como reúne todos los requerimentos para ser considerada como tal. El reconocimiento de otros Estados es meramente "declaratorio". Gobierno y Política
El Principado de Nueva Granada es, según el artículo 4o., una monarquía parlamentaria. La Jefatura del Estado recae sobre el Prínceps Civium. El ejecutivo lo forma en conjunto con el Procer Principalis, sus poderes son señalados por la Constitución.
El parlamento Tricameral (Asamblea Legislativa) , es el órgano legislativo del país. Cada seis años se celebran elecciones para éste, y para el Alcalde de Antares.
El poder judicial o la potestad jurisdiccional es ejercida por los Jueces, el Tribunal de Jueces, el Tribunal de los Nobles y el Consejo Superior de Justicia del Principado de Nueva Granada.
La declaración Inicial de la Constitución Neo-Granadina, expresa por si misma sus ideales basados en la Fé, el Amor, la Justicia y la Inteligencia.
"Nosotros los ciudadanos del Principado de Nueva Granada, orgullosos y concientes de nuestra historia, con responsabilidad por el futuro, y con Fé en Dios, en el Amor y en otros valores universales.
Con la determinación de construir un Estado democrático, basado en la Ley y el Derecho, garantizando el reconocimiento de las libertades y derechos fundamentales del hombre.
Con un espíritu de plena apertura y tolerancia.
Con la profunda convicción de que la justicia, paz, armonía y cooperación entre las naciones se encuentran entre los más altos valores de la humanidad.
a. AFIRMAMOS que la nación de Nueva Granada se funda en principios que reconocen la paternidad y la supremacía de Dios y los deberes del hombre hacia el prójimo;
b. RECONOCEMOS que, puesto que el desarrollo espiritual es de suprema importancia para la existencia humana y constituye su expresión más elevada, su aspiración es la de luchar por ese fin con toda su fuerza y todos sus recursos;
c. CREEMOS firmemente en la dignidad de los valores humanos y que todos los hombres han recibido del Creador derechos, razón y conciencia iguales e inalienables; que los derechos y los deberes son correlativos en toda actividad social y política del hombre; y que mientras los derechos exaltan la libertad individual, los deberes expresan la dignidad de esa libertad;
d. EXPRESAMOS nuestro respeto por el imperio de la verdad y en vista de que la inteligencia humana constituye el motor del florecimiento de la cultura y de la evolución pluralista, considera como el deber de todo hombre el tener un gran respeto por ella;
e. REITERAMOS que el ideal consistente en hombres libres sin temores ni privaciones puede ser mejor alcanzado si se crean las condiciones por las cuales todos puedan hacer uso de sus derechos económicos , sociales, políticos, civiles y culturales;
f. DESEAMOS que nuestra constitución refleje los principios y creencias mencionados anteriormente, que representan los elevados ideales sobre los cuales se funda su nación, y disponga el modo de asegurar la protección de los derechos y las libertades fundamentales en Nueva Granada."''
Otros Titulos .
Siguiendo la tradición que es posible incorporar en el título largo de un monarca reinante, los títulos que hayan sido ostentados por sus antepasados, sin menoscabo del reconocimiento de las casas reinantes que actualmente están en el poder, o sea "non praejudicando " el Título largo quedaría de la siguiente manera:
Su alteza Imperial Enrique II. Prínceps Civium de Nueva Granada.
Por la gracia de Dios, sus derechos dinásticos, de abolengo y la divina providencia:
Emperador
Bizantino de Constantinopla, de Austria, China, Francia, los Hunos, Mongolia, de Nicea, del Imperio Romano, Romano de Occidente del Sacro Imperio Romano y Faraón de Egipto.
Anglosajones, Bretones, Bulgaros, Daneses, Escoceses, Francos, Frisians, Helenos, Icenos, Latinos, Lombardos, Medos, Ostrogodos, Pictos, Sajones, Suevos, Tesprotians y de los Molosians, Turingios, Vándalos Asdingos, en Africa, y Alanos, Visigodos e in montanis de Oppland.
Gran Príncipe de Kiev
Gran Duque de Polonia
Príncipe de:
Antioquía, Capua, la Dinastía Omeya, los Jutos, Obrodito, Provence Salerno, Taron y Tarento.
Duque de :
Alsacia, Apulia y Calabria,Atena, Bavaria, Beja, Carinthia, Clarence, Cracovia, Edimburgo, Friuli, Gascuña, Guisa, Hesbaye, Lancaster, Leuchtenberg, Locate, Lorena, Merania, Morava-Esztergom, Narbonne, Neopatria, Normandía, Parma, Peñafiel, Sabia, Silesia, Spoleto, Suabia, Tao, Transjurane Borgpña, Turingia y los viejos Francos y los Francos Ripuarios, Värmland, Västerbotten, Vendome, Viseau, Visigodo de Cantabria, York, Znojmo.
Adeline, Aguilar, Albarracín, Almonacid, Altamira, Ansois, Aumale Autillo, Ayala, Baena, Barciente, Becilla, Bolonia, Borax, Breteuil, Cameros, Carrión, Casarrubios, Castellvell de Rosanes, Castro-Jeri, Caylar, Cogolludo, Clairvaux, Chatillon, del Castillo y Villa de Goyanza, Dueñas, Durango, Escalona, Escamilla, Faucigny, Feudal de Washington, Gömetz, Guzmán, Haldensleben, Hita, la Aldea de los Negros, la Baronía de Entenza, la Casa de Lara, la Guardia, Lemos, Llodio, Manzanedo, Mazuelo, Medina del Rio Seco, Mejorada, Mendano, Mendivil, Mendoza, Meneses, Molina y Mesa, Moncada, Monforte de Lemos, Montealegre, Montilla, Montpellier, Noreña, Novgorod, Orozco, Ormaza, Ponce de Cabrera, Posqueries, Priego, Quintana, Ringerike, Roa, Rossano, Sabran, Salins-les-Bains, Santa Eufemia, Sarriá, Tangil, Témez y Chantada, Tenorio, Tortosa y Lérida, Uncastillo y Sanguesa, Uzes, Valdepusa, Valladares, Villalobos, Villaornate, Villaquirán de las Infantas
Jarl de los Normandos y los Uplnaders.
Margrave de :
Baja Lusatia, Carniola, del Vado, Istria, Ivrea, Liguria Occidental Nordgau, Savona, Schelde, Sorbenmark, Von Meissen, Von der Nieder-Lausitz.
Al servicio de Dios y la humanidad plena.
Geografía
Localización.
Situado en el caribe a tan solo 8 kms. al Noroeste de las Costas de Granada y a 35 Kms. de St. George la Capital de Granada. El territorio de la Isla se conforma por 2,000 acres de terreno, ( Aproximadamente 8 Kms. cuadrados) y cerca de 10 kms. de Costas.
El Principado de Nueva Granada posee 2.179 habitantes, de los cuales el 100 % mantiene alguna doble o triple nacionalidad. Aún cuando la religión oficial es la Unitaria Universalista. (Iglesia Templaria Humanista), un gran número de sus ciudadanos se consideran a si mismos católicos, protestantes, o judios.
Las lengua oficial es el español, pero está muy difundido el Inglés del cual se estima que un 50% de la población lo utiliza. Economía
Una de las principales fuentes de ingresos del Principado de Nueva Granada es la recepción de aportaciones para concretar la compra de su territorio, de la misma manera están a la venta colecciones de numismática y filatelia, y el uso de Principado de Nueva Granada como marca comercial, su gran potencial es el turismo, una vez que se logre crear la infraestructura necesaria se seguirán los pasos de Mustique, buscando lograr una economía biosustentable. Aunque desde ahora su pueden realizar viajes de Eco-Turismo. El proyecto de un macrocasino en la Isla es secundado por los ciudadanos y actualmente ya se cuenta con un Casino Virtual que está generando ingresos. La moneda de Nueva Granada, es el Granate, y su paridad es 1 a 1 con el dólar americano. Cultura
El Principado de Nueva Granada es un gran lugar para los amantes de la cultura y el arte. Su gobierno y ciudadanos creen firmemente en la posibilidad del desarrollo de la especie Homo Sapiens hacia el Homo Universalis.
La creación y el arte en todas sus formas es protegida y apoyada por el estado.
Su constitución concede una importancia fundamental al apoyo de los niños superdotados.
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